Los condominios son la unión de propiedades que comparten un bien común. Por ejemplo, viviendas, comercios e incluso áreas comunes. Si eres asesor inmobiliario o broker hipotecario, te contamos las ventajas y el proceso de cómo constituir un condominio.
La editorial Centro Urbano entrevistó a Antti Kulppi, CEO de la plataforma Comunidad Feliz, sobre la importancia y las ventajas de constituir un condominio. Estos son los pasos que destacamos:
La razón para crear un condominio es que estas propiedades conllevan obligaciones para mantenerse. De ahí la necesidad de constituirse como una figura pública para tener representación legal y así poder cobrar tranquilamente y llevar a cabo acciones jurídicas si se da el caso.
Un condominio permite a las propiedades estar ordenadas legalmente y tener un sistema de administración y gestión con las normas que la ley exige.
Uno de los mayores problemas que tienen los condominios es la transparencia, cuando son decenas o cientos de propiedades. Y cuando el dinero se recauda en la cuenta de un privado, ya sea el administrador del condominio o un vecino, tiende a haber malversación de fondos o que no se justifica todo el dinero.
Para evitar lo anterior es que es necesario constituirse como una sociedad, lo cual requiere demostrar el título de la propiedad, las cuentas del predial, la licencia de construcción y los planos con el metraje de las propiedades; pues, con estos últimos será posible hacer el indiviso, ya sea que las unidades sean todas iguales o unas con un mayor metraje.
Este debe contener la descripción de las unidades, cómo se definen, amenidades, áreas comunes, ubicación, etcétera. También se requiere la Clave Única de Registro de Población (CURP) y Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de los propietarios.
Es necesario registrar el condominio ante la autoridad correspondiente, dependiendo de su ubicación. En el caso de la Ciudad de México, este proceso se lleva a cabo con la Procuraduría Social (Prosoc), que se creó para ayudar a los vecinos a ponerse de acuerdo.
Ellos tienen un registro de las propiedades y de los condominios, y uno registra con ellos el condominio y pasa a estar bajo su régimen, el régimen de la Procuraduría Social. También permite y se recomienda inmediatamente registrar el libro de actas, lo que permite que todo lo que se escriba ahí sea oficial
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Por Fernanda Hernández de Centro Urbano