En México existen varios tipos de impuestos, los municipales, estatales y federales, estos deben ser cubiertos por toda la ciudadanía. Cada estado tiene la libertad de establecer impuestos a sus habitantes, sin embargo, estos solo se podrán aplicar a las personas que pertenecen a esa entidad federativa, ejemplo de este tipo de impuestos es la tenencia vehicular, así como los impuestos cedulares, de los cuales te explicamos en esta edición del blog.
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El fundamento legal que establece este tipo de impuestos se encuentra en el artículo 43 de la Ley del Impuesto Sobre el Valor Agregado. En él se establece que las entidades federativas pueden establecer impuestos cedulares sobre los ingresos obtenidos por personas físicas, por actividades de prestación de servicios profesionales, otorgamiento o goce temporal de bienes inmuebles, así como por la enajenación de inmuebles y actividades empresariales.
Los impuestos cedulares, conocidos también como impuestos analíticos, son establecidos por cada estado del país y se obtienen a partir de las ganancias generadas por cada contribuyente. Tal es el caso de los ingresos obtenidos por enajenación de bienes inmuebles, los cuales se encuentran agravados por dos impuestos Federales que son el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA). ¿Existen otros impuestos que puedan generarse por la venta de inmuebles? La respuesta es sí, podría generar un impuesto cedular.
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Solo podrá aplicarse en situaciones en las que los individuos obtengan ganancias por la venta de propiedades inmobiliarias.
Es importante destacar que estos impuestos son completamente diferentes a las porciones que, de acuerdo con la Ley del ISR, deben ser destinadas a las entidades federativas donde se encuentra el inmueble que se está vendiendo. Estos impuestos son independientes y autónomos, aunque se deriven del mismo ingreso, por lo tanto, no pueden ser acreditados entre sí ni tampoco deducidos. Estos impuestos recaen completamente dentro de la autoridad tributaria de cada entidad.
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Hasta ahora, la Ciudad de México no ha implementado este impuesto, no obstante, Chihuahua, Guanajuato, Quintana Roo y Yucatán son algunos de los estados que han implementado impuestos cedulares del 5 % sobre los ingresos obtenidos por la venta de inmuebles.
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