¿Qué es la expropiación de inmuebles?

Por Equipo de e-ichi on 16/05/23 12:34

En Capacitación Inmobiliaria e Hipotecaria, Aspectos Legales, Asesores Inmobiliarios

La expropiación es un proceso legal y administrativo por el cual la propiedad privada es transferida de manera forzosa al estado a cambio de una compensación a favor del titular del bien inmueble en cuestión. Así que si eres dueño de una vivienda, un local o terreno, el gobierno puede usar la expropiación para convertir tu propiedad en parte del estado con el fin de beneficiar a la comunidad. Sigue leyendo para descubrir todo lo que necesitas saber sobre la expropiación de propiedades inmobiliarias.

 

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Las expropiaciones son procedimientos regulados por la ley, estos constituyen una figura intermedia entre la compraventa del derecho privado y la confiscación del estado. El bien puede ser expropiado para ser explotado por el estado para destinarlo a un proyecto de bien público. 

¿Por qué se realiza una expropiación?

Por lo general, una expropiación solo se lleva a cabo cuando el perjuicio al derecho individual de unos pocos es compensado por el beneficio de una importante mayoría o por la supervivencia de la sociedad. En otras palabras, a causa de una fuerza mayor.

Los bienes inmuebles que pueden ser expropiados son expresados en las leyes de cada país; sin embargo, en general, todos los bienes muebles e inmuebles que se encuentren en territorio nacional pueden y bajo jurisdicción del estado, pueden ser expropiados. En México la Ley de Expropiación establece las causas, regula los procedimientos y modalidades de las expropiaciones. En dicha ley se establecen las causas de expropiación por causas de utilidad pública, las cuales te compartimos a continuación.

  • El establecimiento, explotación o conservación de un servicio público
  • La apertura, ampliación o alineamiento de calles, la construcción de calzadas, puentes, caminos, túneles para facilitar el tránsito urbano y suburbano
  • El embellecimiento, ampliación y saneamiento de las poblaciones y puertos, la construcción de hospitales, escuelas, parques, jardines, campos deportivos o de aterrizaje, construcciones de oficinas para el Gobierno Federal y de cualquier obra destinada a prestar servicios de beneficio colectivo.
  • La construcción de obras de infraestructura pública y la prestación de servicios públicos, que
  • requieran de bienes inmuebles y sus mejoras, derivada de concesión, de contrato o de cualquier acto jurídico celebrado en términos de las disposiciones legales aplicables.
  • La conservación de los lugares de belleza panorámica, de las antigüedades y objetos de arte, de los edificios y monumentos arqueológicos o históricos, y de las cosas que se consideran como características notables de nuestra cultura nacional
  • La satisfacción de necesidades colectivas en caso de guerra o trastornos interiores; el abastecimiento de las ciudades o centros de población, de víveres o de otros artículos de consumo necesario, y los procedimientos empleados para combatir o impedir la propagación de epidemias, epizootias, incendios, plagas, inundaciones u otras calamidades públicas;
  • Los medios empleados para la defensa nacional o para el mantenimiento de la paz pública
  • La defensa, conservación, desarrollo o aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de explotación
  • La equitativa distribución de la riqueza acaparada o monopolizada con ventaja exclusiva de uno o varias personas y con perjuicio de la colectividad en general, o de una clase en particular;
  • La creación, fomento o conservación de una empresa para beneficio de la colectividad;
  • Las medidas necesarias para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la colectividad
  • La creación o mejoramiento de centros de población y de sus fuentes propias de vida
  • Los demás casos previstos por leyes especiales.

 

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Indemnización por expropiación

Aunque la expropiación es un acto forzoso y parte de las potestades del estado, los afectados deben recibir una indemnización dentro de los primeros 45 días hábiles siguientes al decreto de expropiación y el monto será equivalente al valor comercial que se fije y que no sea inferior al que figure en las oficinas de figuras catastrales o recaudadores. 

Como asesor inmobiliario seguro atenderás a miles de personas que en años futuros podrían presentar este tipo de problemas legales de expropiación y solicitar de nuevo tus servicios, así que es importante te mantengas al tanto de todo lo relacionado con bienes inmuebles en el aspecto legal. De esta manera podrás crear una red de referidos mucho más amplia y eficaz. 

 

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